NOVEDADES FISCALES 2023

NOVEDADES FISCALES 2023

Las novedades fiscales para 2023 afectan a los tributos más relevantes. IRPF, Impuesto de Sociedades IVA y también Patrimonio.

Las novedades en IRPF son:

  • Aumenta la cuantía de reducción por obtención de rentas del trabajo y también aumentan los límites a partir de los cuales se aplicarán las reducciones.
    • En el caso de que un contribuyente cuente con dos pagadores, la obligación de presentar el impuesto será a partir de que las rentas este contribuyente supere los 15.000€ y no 14.000€ como hasta ahora.
  • También aumenta la reducción que podrán aplicarse los autónomos dependientes.
  • Crece hasta el 10% la reducción que los contribuyentes en estimación objetiva o módulos podrán aplicarse.
  • Aumenta la deducción de gastos de difícil justificación para la los contribuyentes autónomos en estimación directa. Del 5% al 7%.
  • Aumenta la base imponible de las aportaciones a planes de pensiones de hasta 1.500€ a 8.500€, pero cumpliendo algunas condiciones.
  • Aumenta el gravamen para la base imponible del ahorro. Pasa del 26% al 27% para los importes de 200.000€ a 300.000€. A partir de 300.000€ el tipo pasa a ser del 28%.
  • Aumento de los casos en los que la deducción por maternidad podrá concederse.

Las novedades en Impuesto de Patrimonio son:

Se ha introducido una modificación legislativa para considerar situados en territorio español, y por lo tanto sujetos al impuesto de patrimonio, los valores de entidades no negociados en mercados organizados cuyo activo esté formado, por lo menos en un 50%, por bienes inmuebles situados en territorio español.

Las novedades en IVA son:

Se adapta la Ley del IVA a la normativa aduanera comunitaria. 

Hay cambios en la inversión del sujeto pasivo:

  • Se amplía a las entregas de desechos y desperdicios de plástico y material textil.
  • Quedan sujetos y no exentos los servicios de arrendamiento de inmuebles que hayan sido llevados a cabo por entidades o personas físicas no establecidas en territorio español. (Se excluye a estas operaciones de ser consideradas como inversión del sujeto pasivo).
  • Quedan excluidos también de la inversión del sujeto pasivo las prestaciones de servicios de intermediación en el arrendamiento de inmuebles efectuados por empresarios no establecidos en territorio español.

Se introducen cambios en las reglas para, en las ventas a distancia, definir mejor el lugar de su realización. En materia de comercio electrónico también se introducen modificaciones para el cálculo del límite para tributar en origen.

Sobre créditos incobrables, se permite la modificación de base imponible de las facturas no cobradas siempre que haya un proceso de insolvencia judicial iniciado en cualquier estado miembro de la unión.

Tributarían al 4% y no al 10% los preservativos, compresas y tampones.

Las novedades en Impuesto de Sociedades son:

Se introduce un tipo del 15% para las empresas que facturen una cifra igual o mayor de 20 millones de euros. También se aplicará este tipo a grupos de empresas que tributen en régimen de consolidación. 

Se introduce una rebaja del 25% al 23% del tipo aplicable para sociedades cuya facturación sea de menos de un millón de euros.

Se introducen ventajas en la amortización de vehículos electrónicos nuevos. Estos podrán amortizarse el doble de rápido.

Impuesto a las grandes fortunas se implanta:

Se implanta este impuesto cuyo sujeto pasivo son las personas físicas residentes en España cuyo patrimonio neto sea superior a 3.000.000€ existiendo un mínimo exento de 700.000€. 

Es un impuesto estatal que se contrapone a la exención total o parcial al Impuesto de Patrimonio que existe en algunas comunidades autónomas, por ejemplo, la Comunidad Autónoma de Madrid.

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